El permiso de ocho semanas para cuidado de menor, se podrá disfrutar de forma continua o discontinua y es intransferible.
En el permiso de cinco días para cuidado de familiares la persona trabajadora podrá ausentarse del trabajo con derecho a remuneración durante 5 días por accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario del: cónyuge, pareja de hecho, parientes hasta el segundo por consanguineidad o afinidad, familiares consanguíneos de la pareja de hecho y de cualquier otra persona que conviva con la persona trabajadora en el mismo domicilio y necesite cuidados.
En el permiso de cuatro días la persona trabajadora tiene derecho a ausentarse del trabajo por causas de fuerza mayor cuando sea necesario por motivos familiares urgentes e imprevisibles, relacionados con familiares o personas convivientes, en caso de enfermedad o accidente que hagan indispensable su presencia inmediata.
Este permiso puede utilizarse por horas o por días hasta sumar un total de cuatro días al año y se puede solicitar sin cumplir con un preaviso ya que las urgencias no se pueden prever.