Conciliación: cuidado de menores por covid o confinamientos.
Últimamente, tras el periodo de las vacaciones, los padres y madres se encuentran con la disyuntiva de cómo hacer para conciliar el cuidado y atención de sus menores con su trabajo ya que se están dando muchos casos en los que el /la menor es positivo o bien algunas clases se vean confinadas.
Surgen dudas al respecto tanto para los padres y madres como para las empresas, ¿Qué hacer en estas situaciones?
Como recordatorio para las empresas Reconcilia queremos señalar:
Hay que tener en cuenta que el Plan Me Cuida que se implantó en el estado de alarma se ha ido prorrogando y que la prórroga está vigente hasta el día 28 de febrero.
Este Plan contempla dos medidas principales como son:
- Por un lado, la adaptación de la jornada
- Por otro la reducción de la jornada.
En el caso de adaptación el salario sería en principio, el mismo. En el caso de reducción, lógicamente habrá una disminución de ingresos que puede llegar hasta el 100% en el caso de reducción de toda la jornada laboral.
Por tanto, las personas trabajadoras que se vean en esta situación (y la ley permite también solicitarlo hasta familiares de segundo grado) nos podrán solicitar una adaptación de jornada o una reducción de la misma.
Para ello las personas solicitantes deberán poder acreditar ese deber de cuidado del menor. En caso de adaptaciones de jornada y reducciones que lleguen al 100%, el derecho de la persona trabajadora deberá estar justificado, ser razonable y proporcionado con relación a su situación y a la de la empresa. Respecto a este condicionante de justificación, racionalidad y proporcionalidad en relación con la situación de la empresa y la organización de ésta, queda bastante abierto, pero tampoco podemos acudir a la jurisprudencia porque fundamentalmente hay muy poca en este sentido.
Hay que tener en cuenta que:
Si el hijo/a cae como consecuencia del COVID enfermo/a de gravedad o ha de someterse a intervención quirúrgica que requiera reposo domiciliario o ingresarle en un hospital, los padres o madres podrán solicitar los permisos retribuidos existentes (ausencia del trabajo con derecho a remuneración de dos días naturales) o las mejoras que muchas de las empresas Reconcilia tienen establecidas al respecto.
Y luego está la posibilidad del teletrabajo (en los casos en que fuera viable), que podrá solicitarse por los/as progenitores al amparo del 34.8 del E.T.
Nuestra recomendación para las empresas Reconcilia: estudiar las situaciones de forma individual y en lo posible, intentar atender las demandas en esta línea. Se ha demostrado que esta respuesta positiva de las empresas en momentos difíciles para los/as trabajadores/as, generan un fuerte lazo de implicación y respuesta positiva con la organización y el proyecto empresarial.