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Convocatoria de subvenciones para inversiones de empresas artesanas de Navarra de 2018.
22.05.2018

BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA INVERSIONES DE EMPRESAS ARTESANAS DE NAVARRA DE 2018

Base 1.ª Objeto.

Las presentes bases reguladoras tienen por objeto regular el régimen de concesión de las subvenciones a las empresas artesanas de Navarra al objeto de incrementar su competitividad, mediante el apoyo para la realización de inversiones de modernización y de acondicionamiento de los talleres artesanales y para mejorar el equipamiento de los mismos.

La utilidad pública de las subvenciones es la promoción de las empresas artesanas y de sus productos para dinamizar y relanzar el sector, dada la necesidad de mantener viva y de dinamizar una actividad, la artesanal, que enriquece culturalmente al conjunto de la sociedad y que se configura como una parte sustancial del patrimonio inmaterial de Navarra fomentando, además, el reconocimiento de la artesanía, como sinónimo de tradición, calidad, diseño y elaboración a mano de productos genuinos, únicos y originales en contraposición a la elaboración de productos de forma industrial, en serie o de forma mecanizada.

Base 2.ª Dotación presupuestaria.

El crédito autorizado para hacer frente a los compromisos derivados de esta convocatoria es de 15.000 euros.

Base 3.ª Plazo de ejecución de las inversiones.

1. Se consideran subvencionables las inversiones realizadas y facturadas dentro del periodo comprendido entre el 16 de noviembre de 2017 y el 16 de noviembre de 2018, ambos inclusive, que hayan sido abonadas con anterioridad a la finalización del periodo de justificación de las inversiones. A estos efectos se considerará como fecha de realización de la inversión la fecha de facturación.

2. Los justificantes de pago de las inversiones subvencionables deberán estar comprendidos entre el 16 de noviembre de 2017 y el 16 de noviembre de 2018, ambos inclusive.

Base 4.ª Empresas beneficiarias, requisitos específicos y acreditación de su condición.

1. Empresas beneficiarias.

Podrán acceder a las subvenciones establecidas en esta convocatoria las pymes que cumplan los requisitos generales que establece el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones y los siguientes requisitos específicos:

1.1. Estar inscrita en el Registro de Empresas Artesanas de Navarra con anterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

1.2. Tener en vigor el carnet que acredita la condición de empresa artesana de Navarra en la fecha de presentación de la solicitud de la subvención. En todo caso dichas empresas deberán cumplir los requisitos exigidos para la adquisición de la condición de empresa artesana, durante el periodo establecido para la realización de las actividades determinadas como subvencionables en la convocatoria, y en consecuencia, únicamente serán admisibles las actuaciones realizadas en el periodo en el que las empresas artesanas cumplan dichos requisitos.

1.3. En su caso, haber presentado la solicitud de renovación de la condición de empresa artesana, con anterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

2. Acreditación de su condición.

La condición de empresa beneficiaria se comprobará de oficio por el órgano gestor de la convocatoria.

Más información en este enlace.


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